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R.J.A. y E.N.A. c/ M.E.E.Ll. s/ Incidente de acción autónoma de nulidad por la existencia de cosa juzgada írrita - Ref. Expte. Nº 256/00

Se reclamó la nulidad de una sentencia por cosa juzgada írrita en un caso penal. El tribunal decidió rechazar la acción por falta de legitimación activa de los demandantes.

Nulidad Cosa juzgada Legitimacion activa Prescripcion Interes legitimo Accion penal Sobreseimiento Extemporaneidad Defensa en juicio.


¿Quién es el actor?

Dr. R. J. A. y Dr. E. N. Á., Intendente y Secretario de Gobierno de Libertador General San Martín.

¿A quién se demanda?

M. E. E. Ll., ex intendente.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de sentencia por cosa juzgada írrita.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que los actores carecen de legitimación activa, ya que no eran parte del proceso original y no demostraron un interés legítimo actual. Se destacó que la acción era extemporánea y que los actores tenían conocimiento del fallo de sobreseimiento, lo que les habría permitido impugnarlo en su momento.

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