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J.R.L s/ Abandono de persona

Se reclamó la responsabilidad penal de J. R. L. por abandono de persona seguido de muerte tras un accidente de tránsito. El tribunal decidió que su conducta encuadra en el tipo penal del artículo 106 del Código Penal.

Abandonos Muerte Accidente de transito Responsabilidad penal Codigo penal Desamparo Negligencia Prueba testimonial Autoria.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

J. R. L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Abandono de persona seguido de muerte

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal determinó que J. R. L. dejó a las víctimas en una situación de desamparo tras el accidente, lo que constituyó un abandono. Se destacó que "su inconducta quede subsumida en el tipo penal" por haber huido sin prestar auxilio, lo que provocó la muerte de las víctimas.

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