H. A. N. c/ V. C. A. s/ inc. elevación
Se apeló la resolución que fijó una cuota alimentaria provisoria del 20% de los ingresos del demandado. El tribunal confirmó la decisión, considerando que la cuota es adecuada para cubrir las necesidades del niño.
¿Quién es el actor?
H. A. N. C.
¿A quién se demanda?
C. A. V.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cuota alimentaria provisoria.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que la cuota alimentaria provisoria fijada en un porcentaje sobre los ingresos del alimentante es más adecuada al interés superior del niño, asegurando que se mantenga actualizada. Además, se destacó que no hubo prejuzgamiento sobre la cuota definitiva, ya que la resolución solo establece una medida cautelar para satisfacer necesidades básicas.
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