R., N. c/ C., H. F. s/ división de bienes
Se reclamó la competencia para conocer en la división de bienes entre las partes, fundamentada en la existencia de una comunidad de ganancias. El tribunal decidió que el Juzgado Civil N° 4 es el competente para continuar con el trámite.
¿Quién es el actor?
N. C. R.
¿A quién se demanda?
H. F. C.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
División de bienes por comunidad de ganancias.
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que la competencia debe fijarse según los hechos expuestos en la demanda y el derecho invocado. En este caso, la materia es patrimonial, lo que justifica la intervención del Juzgado Civil, excluyendo al fuero de familia, dado que no se aplican las normas sobre sociedad conyugal ni unión convivencial.
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