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MEDICINA INTEGRAL PLOTTIER S. A. s/ QUIEBRA

Se reclamó la distribución de un remanente tras la quiebra de Medicina Integral Plottier S.A. El tribunal decidió que la entrega de los fondos debe ser realizada a los órganos de la sociedad, no a los socios directamente.

Quiebra Remanente Distribucion Sindico Socios Legitimacion Liquidacion Competencia Normativa concursal Derechos patrimoniales.


¿Quién es el actor?

Socios de Medicina Integral Plottier S.A.

¿A quién se demanda?

Síndico de la quiebra

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Distribución de remanente tras quiebra

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que, aunque la quiebra disuelve la sociedad, esta no desaparece y debe concluir su liquidación. La decisión de distribución del remanente corresponde a los órganos de la sociedad, no al síndico, quien carece de competencia para resolver sobre ello, ya que "la finalización del proceso liquidatorio no integra el proceso falencial".

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