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Dos de Oro S.R.L. s/ concurso preventivo

Se solicitó la renuncia del Síndico Rafael Eduardo Solís en el concurso preventivo de Dos de Oro S.R.L. El tribunal aceptó la renuncia por causas justificadas, permitiendo su desafectación en todos los procesos en los que actúa.

Renuncia Sindico Concurso preventivo Causa grave Salud Ley 24.522 Justicia Procesos judiciales Desafectacion.


¿Quién es el actor?

CPN Rafael Eduardo Solís

¿A quién se demanda?

Dos de Oro S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Renuncia del Síndico en concurso preventivo

¿Qué se resolvió?

SE ACEPTA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó su decisión en el artículo 255 de la Ley 24.522, que permite la renuncia del síndico por "causa grave". Se consideraron las razones esgrimidas por Solís, incluyendo problemas de salud física y mental, así como un accidente reciente que justifican su solicitud de renuncia.

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