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Guaymás, Jesús Armando; Ramos, Sergio Omar; Gallardo, Pedro Alberto; Acosta De Paz, Ana; Corimayo, Humberto Rubén; Ferraro De Gallardo, Eva Josefina; Cortez Jerez, Narciso y Otros

Se reclamó la determinación de la competencia entre las Cámaras Primera y Segunda en lo Criminal respecto a un caso específico. El tribunal decidió que la Cámara Primera es la competente para intervenir en las actuaciones.

Competencia Acordada 9422 Elevacion a juicio Camara primera Camara segunda Conflicto de jurisdiccion Derecho procesal Administracion de justicia Interpretacion judicial.


¿Quién es el actor?

Corte de Justicia

¿A quién se demanda?

Cámaras Primera y Segunda en lo Criminal

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinación de competencia en un conflicto entre tribunales

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte analizó la aplicación de la Acordada 9422 y concluyó que el auto de elevación a juicio del 18/09/2009 es el que determina la competencia, ya que "la mayor precisión en la materia se obtendrá considerando la fecha del decreto de elevación a juicio". Así, se establece que corresponde a la Cámara Primera, dado que el decreto del 24/08/2010 solo cumplía una función de formalidad.

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