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M.J.C. s/ guarda legal

El Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán interpuso un recurso de casación contra la decisión que otorgó la guarda judicial de un menor a su abuelo materno y ordenó su inclusión en la obra social. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán confirmó la sentencia de la Cámara que rechazó lo

Guarda judicial Interes superior del nino Obra social Seguridad social Derechos del nino Tutela Recurso de casacion Normativa supranacional Proteccion del menor.


¿Quién es el actor?

Instituto de Previsión y Seguridad Social de Tucumán

¿A quién se demanda?

N/A

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Guarda judicial con fines asistenciales y acceso a obra social

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte destacó que la guarda judicial implica beneficios de seguridad social, y que el interés superior del niño debe prevalecer. Se citó la Convención de los Derechos del Niño y se argumentó que el IPSST no puede contradecir normas superiores en su aplicación, reafirmando que la guarda tiene como fin esencial la protección del menor.

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