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L. H.,M. A. C/ F., A. E. S/ CUIDADO PERSONAL(f) (S / CASACION)

Se reclamó la nulidad de una sentencia que otorgó el cuidado personal de un menor sin su escucha. El tribunal decidió hacer lugar al recurso de casación, reconociendo la vulneración del derecho del niño a ser oído.

Cuidado personal Derechos del nino Casacion Interes superior Audiencia Discapacidad Convencion de los derechos del nino Justicia Procedimiento.


¿Quién es el actor?

M. A. L. H.

¿A quién se demanda?

A. E. F.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cuidado personal del menor.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la falta de escucha al menor vulnera sus derechos, afectando su interés superior. Se citó que "el derecho de los niños a ser oídos es un principio general" y que su opinión debe ser tenida en cuenta en procedimientos que los afecten, conforme a la Convención de los Derechos del Niño.

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