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J., M.G. c/ O., A. s/ alimentos

Se reclamó la continuidad del pago de una cuota alimentaria provisional a cargo del abuelo del menor, argumentando la insuficiencia de la cuota abonada por el progenitor. El tribunal decidió rechazar el recurso de casación, confirmando la decisión de la Cámara de Apelaciones.

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¿Quién es el actor?

M. G. J., en representación de su hijo B. H. J. O.

¿A quién se demanda?

A. S. O.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Continuidad del pago de cuota alimentaria provisional.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la obligación alimentaria de los abuelos es subsidiaria y que, dado que el progenitor cumple con la cuota acordada, no se justifica el reclamo. Se destacó que "la prueba de la existencia de otros obligados a la prestación alimentaria... incumbe a los demandados", y que no se acreditaron las dificultades del actor para percibir alimentos del progenitor.

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