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Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro y otra s/ inconstitucionalidad

La Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro interpuso una acción de inconstitucionalidad contra la Resolución N° 1919/17, que fue rechazada por el tribunal. El Superior Tribunal de Justicia consideró que no se evidenció la violación de normas constitucionales.

Inconstitucionalidad Derecho de huelga Salarios Resolucion administrativa Jurisprudencia Derechos laborales Arbitrariedad Normativa provincial Garantias constitucionales Accion judicial.


¿Quién es el actor?

Unión de Trabajadores de la Educación de Río Negro

¿A quién se demanda?

Superior Tribunal de Justicia de Río Negro

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de inconstitucionalidad sobre la Resolución N° 1919/17

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la acción fue formalmente inadmisible, ya que el recurrente no identificó con precisión la norma constitucional violada. Además, se argumentó que no corresponde el pago de salarios por días de huelga, salvo en casos específicos que involucren responsabilidad del empleador, citando jurisprudencia relevante.

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