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Falconier, María L. c/ Cámara de Diputados de la Provincia de Salt s/ competencia

María L. Falconier interpuso una demanda de hábeas data contra la Cámara de Diputados de Salta, solicitando el resguardo y la no divulgación de un video de una reunión. El tribunal declaró su competencia originaria para entender en el caso.

Habeas data Competencia originaria Camara de diputados Proteccion de datos Derecho a la privacidad Violencia institucional Resguardo de informacion Difusion no autorizada Derechos fundamentales.


¿Quién es el actor?

María L. Falconier

¿A quién se demanda?

Cámara de Diputados de la Provincia de Salta

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Hábeas data sobre la difusión de un video de reunión

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte determinó que la demanda encuadra en el artículo 153, ap. II, inc. c) de la Constitución Provincial, que otorga competencia originaria en acciones de hábeas data contra actos de las Cámaras Legislativas. Se argumentó que la Cámara debe resguardar la información de reuniones no públicas y evitar su uso indebido.

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