R., J. M. s/ incidente de libertad condicional - queja por retardo de justicia
Se reclamó la queja por retardo de justicia en el incidente de libertad condicional de J. M. R. El tribunal decidió no hacer lugar a la queja, considerando que el juez ya había dictado la resolución solicitada.
¿Quién es el actor?
Defensor Oficial Penal Nº 2 del Distrito Judicial de Orán.
¿A quién se demanda?
Juzgado de ejecución de sentencia del distrito.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Queja por retardo de justicia en la resolución del pedido de libertad condicional.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que la queja por retardo de justicia pierde vigencia una vez que se dicta la resolución reclamada. En este caso, el juez ya había denegado el beneficio solicitado, por lo que no se advertía retardo censurable en el proceso.
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