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T. C., E. M.; T., J. I. c/ Instituto Provincial de Salud de Salta (I.P.S.) s/ Amparo

Se reclamó la cobertura integral del tratamiento de fertilización in vitro por parte del Instituto Provincial de Salud de Salta. El tribunal decidió que el Instituto no estaba obligado a cubrir el tratamiento solicitado debido a la imposibilidad de implantación en el cuerpo de la solicitante.

Amparo Fertilizacion in vitro Cobertura medica Derechos reproductivos Subrogacion de vientre Ley 26.862 Salud Infertilidad Tecnicas de reproduccion asistida.


¿Quién es el actor?

E. M. T. C. y J. I. T.

¿A quién se demanda?

Instituto Provincial de Salud de Salta (I.P.S.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobertura integral del tratamiento de fertilización in vitro.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que la Ley 26.862 y su reglamentación no contemplan la subrogación de vientre, y que el tratamiento solicitado no se ajusta a las técnicas de reproducción asistida permitidas. Se destacó que la amparista no puede llevar a cabo el embarazo, lo que desnaturaliza el objetivo de la ley, ya que la inseminación debe realizarse en el propio cuerpo de la mujer solicitante.

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