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M., S. C. s/ piezas pertenecientes

Se apeló la decisión que suspendía la designación de la Asesora de Incapaces como defensa técnica del joven S. C. M. El tribunal confirmó la designación, argumentando la necesidad de garantizar el derecho de defensa del adolescente en un proceso de restricción de capacidad.

Defensa tecnica Restriccion de capacidad Adolescente Derecho de defensa Asistencia letrada Conflicto de intereses Autonomia Garantias procesales Codigo civil y comercial Vulnerabilidad.


¿Quién es el actor?

Asesora de Incapaces Nº 2

¿A quién se demanda?

Juzgado de 1ª Instancia en lo Civil de Personas y Familia

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Suspensión de la designación como defensa técnica del joven S. C. M.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que "la capacidad de una persona mayor de 13 años se presume iuris tantum" y que el joven tiene derecho a participar en el proceso con asistencia letrada. Además, se destacó que "la edad y la problemática de consumo de drogas no puede convertirse en una limitación de las garantías procesales", asegurando así su derecho de defensa.

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