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M., M. N. VS. Liga Salteña de Fútbol y/o Club Central Norte; y/o Sociedad del Estado Siglo XXI (Estadio Padre Martearena) y/o Provincia de Salta; Policía de Salta y/o quien resulte responsable s/ daños y prejuicios por delito y/o cuasi delito - recur

Se reclamaron daños y perjuicios por lesiones sufridas en un evento deportivo. El tribunal decidió hacer lugar parcialmente a la demanda y condenar a varios responsables al pago de indemnización.

Danos y perjuicios Responsabilidad civil Evento deportivo Dano moral Cuantificacion del dano Responsabilidad del estado Jurisprudencia Indemnizacion Seguridad en eventos Derecho administrativo.


¿Quién es el actor?

M. N.

¿A quién se demanda?

Liga Salteña de Fútbol, Club Central Norte, Provincia de Salta, Policía de Salta, El Surco S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios por lesiones sufridas en un partido de fútbol.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR PARCIALMENTE.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la Liga Salteña de Fútbol, la Sociedad de Estado Siglo XXI, el Club Central Norte y la Provincia de Salta eran responsables por el evento dañoso. Se cuestionó la cuantificación del daño material y la fecha de consideración del daño moral, argumentando que debía ajustarse a la realidad económica y a las pruebas presentadas.

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