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J., M. Á. por homicidio calificado por ser el hecho perpetrado por un hombre hacia una mujer mediando violencia de género en perjuicio de J., E. s/ queja por rec. de inconst. denegado

Se reclamó la inconstitucionalidad de la ampliación de la calificación del delito de homicidio a femicidio, argumentando violaciones al derecho de defensa. El tribunal rechazó la queja, considerando que no se configuraron los vicios alegados.

Homicidio Femicidio Inconstitucionalidad Derecho de defensa Congruencia Codigo procesal penal Arbitrariedad Proceso penal Queja Defensa tecnica.


¿Quién es el actor?

M. Á. J. (defensa)

¿A quién se demanda?

Tribunal de Impugnación

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inconstitucionalidad del art. 478 del Código Procesal Penal

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La defensa argumentó que la ampliación de la calificación del delito afectó el derecho de defensa y el principio de congruencia, ya que no se le dio oportunidad de defenderse ante el cambio. Sin embargo, el tribunal consideró que la modificación fue válida y que la cuestión constitucional fue planteada extemporáneamente, por lo que no se vislumbró irrazonabilidad en la decisión del Tribunal de Impugnación.

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