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Ramón Haddad s/ Recurso de Apelación.

El tribunal analizó la cuestión de la inhibición de un juez en un tribunal colegiado y decidió que la excusación debe ser resuelta por los otros vocales de la misma sala, independientemente de la forma de actuación del juez.

Inhibicion Tribunal colegiado Excusacion Codigo procesal penal Competencia Juez unipersonal Interpretacion normativa Resolucion colegiada


¿Quién es el actor?

Dr. Ramón Haddad

¿A quién se demanda?

Tribunal de Juicio Sala II de Metán

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Inhibición de un juez en un tribunal colegiado

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal determinó que el tercer párrafo del art. 57 del C.P.P. es inaplicable, ya que confunde la naturaleza de los tribunales colegiados. Se concluyó que la excusación debe ser resuelta siempre por los otros vocales, conforme al segundo párrafo del mismo artículo.

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