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EUGENIA I. s/ INCIDENTES (MINAS).

Minera del Altiplano S.A. apeló el rechazo de su presentación por considerarla extemporánea en relación a la Mina Eugenia I. El tribunal confirmó la decisión del juez de minas, desestimando el recurso de apelación.

Apelacion Mineria Mejor derecho Extemporaneidad Jurisdiccion Codigo de mineria Nulidad Derechos adquiridos Conflicto limitrofe Costas.


¿Quién es el actor?

Minera del Altiplano S.A.

¿A quién se demanda?

Surminera S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reclamación de mejor derecho sobre la Mina "Eugenia I".

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal determinó que la reclamación de Minera del Altiplano S.A. era extemporánea, ya que debía haberse presentado dentro de los sesenta días posteriores a la publicación del registro, conforme al artículo 66 del Código de Minería. Se destacó que el derecho no ejercido dentro de ese plazo se extingue, y se desestimaron los argumentos sobre la intervención de la Provincia de Catamarca, al considerar que el pedimento fue inscripto en Salta.

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