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CENTRO VECINAL DE VILLA MONICA c/ MARTINEZ, MIRTA GLORIA

El Centro Vecinal de Villa Mónica solicitó la caducidad de la segunda instancia en un proceso de desalojo. El tribunal declaró procedente la caducidad del recurso de apelación por falta de impulso procesal.

Caducidad Segunda instancia Desalojo Impulso procesal Recurso de apelacion


¿Quién es el actor?

Centro Vecinal de Villa Mónica

¿A quién se demanda?

Mirta Gloria Martínez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Caducidad de la segunda instancia en un proceso de desalojo

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó su decisión en la falta de actividad del apelante durante más de tres meses, conforme al Art. 310 inc. 2º del Código Procesal. Se destacó que "la obligación de control e impulso solo cesa cuando se ponen los autos a despacho", lo que confirma la caducidad del recurso.

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