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M.,S.O. y A.,E.S. p/su hija menor M.P.A. s/ Medida Autosatisfactiva

Se reclamó la autorización para realizar una ligadura de trompas a una menor con padecimiento mental. El tribunal decidió mantener la autorización, considerando la situación particular de la menor y la necesidad de control judicial.

Ligadura de trompas Menor de edad Capacidad Consentimiento informado Salud reproductiva Discapacidad Control judicial Derechos humanos Autonomia personal Intervencion quirurgica.


¿Quién es el actor?

Asesora de Menores

¿A quién se demanda?

Padres de M. P. A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Autorización para ligadura de trompas de Falopio

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Asesora de Menores argumentó que la menor, a pesar de su debilidad mental, no había sido declarada incapaz y que debía ser informada sobre métodos anticonceptivos alternativos. El tribunal, sin embargo, consideró que la ligadura era la opción más segura, dado el contexto de la salud de M. y la necesidad de control judicial, resaltando el derecho a la salud reproductiva y la autonomía personal.

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