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Incidente de incompetencia en autos P., C. sobre 53 bis - agravantes (conductas descriptas en los artículos 51, 52 y 53)

Se reclamó la competencia para entender en un incidente de violencia de género, donde se discutía la jurisdicción entre un juzgado local y uno nacional. El tribunal decidió que corresponde al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 11 continuar con el trámite de la causa.

Competencia Violencia de genero Jurisdiccion Revictimizacion Economia procesal Coaccion Justicia nacional Derechos de la victima Conexidad Administracion de justicia.


¿Quién es el actor?

Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de la Nación

¿A quién se demanda?

Expareja de la damnificada

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Incidente de competencia en un caso de violencia de género

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó su decisión en la necesidad de unificar las causas que involucran a las mismas partes y hechos, para evitar la revictimización de la denunciante. Se citó el precedente “Bazán”, que establece que en casos de violencia de género es preferible que un único tribunal intervenga para asegurar una mejor administración de justicia.

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