F. P., M. E. M. sobre 106 - abandono de personas y otros s/ conflicto de competencia
Se planteó un conflicto de competencia entre dos juzgados respecto a un caso de posible abandono de personas tras el fallecimiento de una mujer. El tribunal decidió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 20 es el competente para continuar con la causa.
¿Quién es el actor?
M. E. M. F. P. (hija de la fallecida)
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 27
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia en un caso de abandono de personas
¿Qué se resolvió?
SE DECLARA LA COMPETENCIA del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 20
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la denuncia no solo alude a un posible abandono, sino también a otros delitos graves que deben ser investigados, como la circunvención de un incapaz. Se citó el precedente "Bazán", que establece que en conflictos de competencia entre magistrados no federales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, debe intervenir el Tribunal Superior de Justicia.
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