Incidente de competencia en autos Lin, Leiting sobre 189 bis (2) - portación de arma de fuego de uso civil s/ conflicto de competencia
Se reclamó la determinación de la competencia para juzgar un incidente relacionado con la portación de un arma de fuego. El tribunal decidió que el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 18 es el competente para continuar con la causa.
¿Quién es el actor?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 18
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 5
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia en relación a la portación de un arma de fuego
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que, para una mejor administración de justicia, era conveniente que un único magistrado conociera de la causa, evitando resoluciones contradictorias. Se destacó que las conductas del imputado podrían estar en el marco de la legítima defensa, lo que justifica la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 18.
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