Incidente de competencia en autos NN, NN s/ 125 bis - promoción o facilitación de la prostitución (proxenetismo) s/ conflicto de competencia
Se planteó un incidente de competencia entre dos juzgados respecto a una causa por promoción o facilitación de la prostitución. El tribunal decidió que el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 9 es el competente para intervenir en el caso.
¿Quién es el actor?
Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 2
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 9
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia en causa por promoción o facilitación de la prostitución
¿Qué se resolvió?
SE HACE LUGAR
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Ambos juzgados se declararon incompetentes, pero el tribunal determinó que los elementos reunidos permiten descartar la configuración de una hipótesis delictiva que exceda la competencia local. Se argumentó que "la probabilidad de progreso del encuadre legal del hecho en los delitos previstos en el art. 125 bis, CP" justifica la intervención del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 9.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: