Fernández, Fernando Javier s/ lesiones agravadas, daños, amenazas y resistencia o desobediencia a funcionario público s/ conflicto de competencia
Se planteó un conflicto de competencia entre el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 1 y el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 28 respecto a la unificación de penas. El tribunal decidió que corresponde al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 28 realizar dich
¿Quién es el actor?
Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 1
¿A quién se demanda?
Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 28
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Conflicto de competencia para la unificación de penas
¿Qué se resolvió?
SE DECLARA LA COMPETENCIA del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 28
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal resolvió que, dado que existen dos sentencias condenatorias firmes, la unificación debe ser realizada por el juez que impuso la pena mayor, conforme al artículo 58 del Código Penal. Se destacó que la condena del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 28 fue dictada antes y adquirió firmeza, por lo que le corresponde a este juzgado la unificación.
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