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Mirmi, Miguel Eduardo y otro s/ sumarísimo s/ conflicto de competencia

Se reclamó la homologación de un convenio de honorarios entre Nuevos Aires Group SA y el Dr. Miguel Eduardo Mirmi. El tribunal decidió que corresponde la competencia del Juzgado Nacional en lo Civil n° 27 para tramitar la causa.

Conflicto de competencia Homologacion Convenio de honorarios Jurisdiccion Conexidad Cuota litis Derecho civil Derecho comercial Tutela judicial efectiva.


¿Quién es el actor?

Nuevos Aires Group SA

¿A quién se demanda?

Dr. Miguel Eduardo Mirmi

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Homologación de convenio de honorarios

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal determinó que, dado que las partes eligieron un proceso específico para la homologación, corresponde que las actuaciones queden radicadas en el Juzgado Nacional en lo Civil n° 27. Se aplicó la doctrina del caso "Bazán", que establece que en conflictos de competencia entre magistrados no federales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Tribunal Superior debe resolver.

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