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Incidente de competencia en autos NN, NN s/ infr. art(s). 249 del CP s/ conflicto de competencia I

Se planteó un incidente de competencia entre dos juzgados respecto a una causa de abuso deshonesto. El Tribunal Superior de Justicia decidió que la competencia corresponde al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 15.

Incidente de competencia Abuso deshonesto Justicia local Funcionarios publicos Jurisdiccion Derecho penal Caba Transferencia de competencias Control jurisdiccional.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal de la CABA

¿A quién se demanda?

Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 61

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conflicto de competencia en una causa de abuso deshonesto

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Ambos juzgados se declararon incompetentes, argumentando que el hecho investigado se enmarca en un proceso ante la justicia nacional. Sin embargo, el Tribunal consideró que el delito encuadraría en el artículo 249 del CP y que la competencia debía recaer en el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 15, dado que se verifican las condiciones para su juzgamiento en la justicia local.

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