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Meza, Lorena c/ Salomone, Sandra y otros

Se reclamó el plazo de prescripción aplicable a la acción de responsabilidad por daños derivados de mala praxis médica en hospitales públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. El tribunal decidió que el plazo de prescripción es de diez años.

Mala praxis Responsabilidad Prescripcion Derecho a la salud Contrato administrativo Danos Ciudad autonoma de buenos aires Accion resarcitoria Normativa Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Lorena Meza

¿A quién se demanda?

Sandra Salomone y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Plazo de prescripción para reclamar daños por mala praxis médica

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal fundamentó que el derecho a la salud está garantizado constitucionalmente y que existe una relación contractual entre el paciente y el estado. Se concluyó que el plazo de prescripción para acciones resarcitorias por mala praxis es de diez años, conforme al artículo 4023 del Código Civil, dado que no hay regulación especial que lo modifique.

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