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Sottini Jorge Arnaldo c/ Cooperativa Agrícola Tambera de James Craik Ltda.

Se reclamó la nulidad de un acuerdo de pago extrajudicial por no cumplir con las formalidades del art. 277 de la Ley de Contrato de Trabajo. El tribunal confirmó la decisión de la Cámara de Trabajo, rechazando el recurso de casación interpuesto por el actor.

Nulidad Acuerdo de pago Ley de contrato de trabajo Proteccion del trabajador Formalidades Fraude Ejecucion de sentencia Derechos laborales Autonomia de las partes.


¿Quién es el actor?

[Trabajador]

¿A quién se demanda?

[Empleador]

¿Cuál es el objeto del reclamo?

[Nulidad de acuerdo de pago extrajudicial]

¿Qué se resolvió?

[Se rechaza]

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que el acuerdo de pago no cumple con las formalidades exigidas por el art. 277 de la LCT, que establece la nulidad de pagos que no respeten dichas formalidades. Se enfatiza que el objetivo de esta norma es proteger al trabajador y prevenir fraudes, por lo que cualquier pago que no cumpla con los requisitos es considerado nulo. Además, se argumenta que el silencio del trabajador ante el acuerdo no implica aceptación, y que la ejecución de la sentencia debe ser judicial, no extrajudicial.

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