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L. M., Apoderado General del Partido Justicialista s/ Recurso c/ Resolución N° 72/11 T.P.E.

El apoderado del Partido Justicialista impugnó la nulidad de una mesa electoral por parte del Tribunal Electoral Provincial. El tribunal decidió confirmar la nulidad, considerando que existieron irregularidades en el proceso electoral.

Impugnacion Nulidad Mesa electoral Tribunal electoral provincial Codigo nacional electoral Irregularidades Derechos politicos Voluntad del electorado.


¿Quién es el actor?

L. M., apoderado general del Partido Justicialista.

¿A quién se demanda?

Tribunal Electoral Provincial.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la nulidad de la mesa de electores femeninos N° 1127.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal concluyó que la impugnación carecía de fundamentos sólidos, ya que el actor no demostró el agravio concreto que la nulidad le causaba. Además, se destacó que la diferencia de más de sesenta sobres y la falta de documentación adecuada justificaban la decisión del Tribunal Electoral Provincial, conforme al artículo 114 del Código Nacional Electoral.

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