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R., M. D. L. A. c/ M., N. A. s/ ordinario compensación económica (digital)

La actora reclamó la compensación económica tras el cese de la convivencia, pero el tribunal confirmó la caducidad de la acción por no haberse interpuesto dentro del plazo legal. La apelación fue desestimada, manteniendo la decisión de primera instancia.

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¿Quién es el actor?

M. d. l. Á. R.

¿A quién se demanda?

N. A. M.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Compensación económica por cese de unión convivencial.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza de grado admitió la caducidad de la acción, argumentando que la mediación previa no suspendió el plazo de caducidad, que se había cumplido al no interponerse la acción dentro de los seis meses establecidos. La apelante sostenía que el plazo debía contarse desde el cierre de la mediación, pero el tribunal consideró que la convivencia había cesado antes, lo que confirmaba la caducidad.

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