D., D. R. c/ T., A. M. s/ régimen de comunicación (digital)
Se reclamó la incompetencia del juzgado para intervenir en el régimen de comunicación del hijo tras un cambio de domicilio. El tribunal decidió mantener la competencia del juzgado de origen, priorizando el interés superior del niño.
¿Quién es el actor?
D. R. D.
¿A quién se demanda?
T. A. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Régimen de comunicación y competencia judicial.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza de grado sostuvo que su intervención era necesaria para garantizar el interés superior del niño, quien ha pasado la mayor parte de su vida en Gualeguaychú. La apelante argumentó que el cambio de residencia del niño a Buenos Aires justificaba la declaración de incompetencia, citando el art. 716 del CCC que prioriza el centro de vida del menor.
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