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A. V. V. s/ daño denunciante S. E. S. T.

La Fiscalía apeló la decisión del Juez de Garantías que rechazó la medida de seguridad solicitada para la imputada. El tribunal resolvió confirmar la decisión del juez, considerando que corresponde al fuero civil abordar la cuestión.

Apelacion Medida de seguridad Salud mental Fuero penal Juzgado de familia Derechos humanos Imputabilidad Tratamiento Jurisprudencia.


¿Quién es el actor?

Ministerio Público Fiscal

¿A quién se demanda?

Juez de Garantías N° 4

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida de seguridad para la imputada

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que la denegación de la medida de seguridad es apelable y que la competencia para imponerla corresponde a los Juzgados de Familia, no al fuero penal. Se destacó que la Ley de Salud Mental debe aplicarse en estos casos, priorizando el tratamiento adecuado y los derechos de la persona con padecimiento mental.

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