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Gualeguay Cereales S.A. c/ Savino, Guido Antonio s/ ejecución hipotecaria

La síndico del demandado apeló la decisión que establecía que los honorarios debían ser solicitados ante el juez del concurso. El tribunal rechazó la apelación, confirmando la normativa vigente sobre la regulación de honorarios en el contexto de ejecuciones hipotecarias.

Ejecucion hipotecaria Honorarios Sindico Ley de concursos y quiebras Costas Apelacion Doctrina obligatoria Regulacion Fallido Preconcursal.


¿Quién es el actor?

Cra. P. R. A. (síndico del demandado)

¿A quién se demanda?

GUALEGUAY CEREALES S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Regulación de honorarios en el marco de una ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que, conforme a la doctrina establecida, no corresponde regular honorarios al síndico fuera de la oportunidad prevista en el artículo 265 de la Ley de Concursos y Quiebras. Se argumenta que el caso se enmarca en una ejecución hipotecaria donde el fallido es el condenado en costas, lo que excluye la posibilidad de regulación de honorarios.

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