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ROMERSTEIN MARIA ESTER, EN REP DE V.R Y S.R. Y OTRO c/ OBRA SOCIAL DE EMPRESARIOS, PROFESIONALES Y MONOTRIBUTISTAS (OSPEDYM) s/PRESTACIONES MEDICAS

La Sra. María Ester Romerstein interpuso un recurso de apelación contra la decisión que otorgó prestaciones médicas a sus sobrinas. La Cámara Federal de San Martín confirmó la sentencia de primera instancia, destacando la necesidad de protección del derecho a la salud de las beneficiarias.

Amparo Salud Prestaciones medicas Discapacidad Osdepym Afiliacion Derecho a la salud Recursos administrativos Pension Legitimacion activa


¿Quién es el actor?

María Ester Romerstein

¿A quién se demanda?

Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas (OSDEPYM)
- Objeto de la demanda: Continuidad de la afiliación y prestaciones médicas para sus sobrinas.
- Decisión del tribunal: Se confirma la sentencia que ordena a OSDEPYM mantener la afiliación y brindar las prestaciones solicitadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La acción de amparo reglada en la ley 16.986, era un proceso excepcional sólo utilizable en las delicadas y extremas situaciones en las que, por carencia de otras vías legales aptas, peligraba la salvaguarda de derechos fundamentales." "El derecho a la salud es un derecho fundamental que debe ser garantizado por el Estado y las obras sociales." "La normativa vigente permite que los beneficiarios mantengan su afiliación tras el fallecimiento del titular, siempre que cumplan con los aportes correspondientes."

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