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AGUAS SANTAFESINAS S.A. c/ N.N. s/ COMPETENCIA

Se planteó un conflicto negativo de competencia entre dos juzgados en relación a una causa por estafa. El tribunal decidió que el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción de la Décimoprimera Nominación de Rosario debía continuar con la investigación.

Competencia Estafa Juzgado Codigo procesal penal Administracion de justicia Jurisdiccion Denuncia Investigacion Delitos.


¿Quién es el actor?

Sebastián Alberto Bonet, en representación de Aguas Santafesinas S.A.

¿A quién se demanda?

Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción de la Segunda Nominación de Santa Fe.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conflicto negativo de competencia en una causa por estafa.

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR a la competencia del Juzgado de Rosario.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que, según el artículo 31 del Código Procesal Penal, el juez competente es el del lugar donde se cometió el delito. Se destacó que los hechos denunciados podrían encuadrarse en varias figuras penales y que el Juzgado de Rosario había sido el primero en intervenir, lo que justifica su continuidad en la causa.

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