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FERNANDEZ, FACUNDO s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD

Facundo Fernández, apoderado de la Alianza Movimiento Proyecto Sur, interpuso una queja contra la denegación del Tribunal Electoral para elevar un expediente. La Corte Suprema de Justicia de la Provincia rechazó el recurso, considerando improcedente la aplicación del artículo 15 del Código Procesal

Queja Recusacion Tribunal electoral Independencia Control judicial Codigo procesal Inconstitucionalidad Debido proceso Competencia.


¿Quién es el actor?

Facundo Fernández, apoderado de la Alianza Movimiento Proyecto Sur.

¿A quién se demanda?

Tribunal Electoral de la Provincia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Queja por la denegación de elevación de expediente tras el rechazo de recusaciones.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte argumentó que el Tribunal Electoral es un órgano independiente y no parte del Poder Judicial, por lo que el artículo 15 del Código Procesal no es aplicable. Además, se destacó que el recurso de queja no puede interponerse sin haber agotado el recurso de inconstitucionalidad previsto en la ley 7055, que es el adecuado para el control judicial de las decisiones del Tribunal Electoral.

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