T., M. M. c/ A. E. S.A s/ Amparo
Estudiante promovió amparo contra institución educativa privada para lograr su rematrícula tras ser excluido por infracciones disciplinarias. La Cámara revocó la medida cautelar, considerando que la exclusión fue fundada y que el derecho a la educación se preserva mediante otras opciones escolares.
¿Quién es el actor?
M. M. C. (en representación del alumno M. J. T.)
¿A quién se demanda?
Instituto A. E. S.A. (institución educativa privada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo para ordenar la matriculación del alumno para el ciclo lectivo 2026, tras la negativa de rematrícula por reiteradas infracciones disciplinarias
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA (revoca la medida cautelar de no innovar dictada en primera instancia)
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostiene que la tutela anticipada requiere, además de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, la existencia de daño irreparable. En este caso, no se configura arbitrariedad manifiesta en la decisión del colegio: la documentación acredita reiteradas infracciones a normas de convivencia educativa y el establecimiento demostró haber acompañado al alumno con medidas correctivas previas (2023 y julio 2025) sin resultados positivos. Respecto al derecho constitucional a la educación (art. 14 CN, Ley 26.206), el tribunal enfatiza que este "no implica una garantía de permanencia indefinida en una institución educativa específica, sino la obligación del Estado de asegurar el acceso a una educación integral, gratuita y de calidad". Cita jurisprudencia de la Corte Federal (Fallos 310:2085; 324:4048) estableciendo que el derecho de aprender puede condicionarse a "la observancia de pautas de estudio y de conducta". El alumno conserva plenamente su derecho a la educación al poder inscribirse en otras instituciones públicas o privadas disponibles en Mar del Plata.
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