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B. C. G. c/ B., J. B. s/ medidas precautorias (art. 232 del CPCC)

Se reclamó una medida cautelar para que se impida la interrupción del embarazo por parte de la demandada, argumentando derechos del padre. El tribunal decidió desestimar la apelación, reafirmando que la decisión sobre el embarazo corresponde exclusivamente a la persona gestante.

Medidas cautelares Interrupcion voluntaria del embarazo Derechos del padre Legitimacion Autonomia de la voluntad Judicializacion Salud publica Derechos humanos Ley 27610.


¿Quién es el actor?

B. C. G.

¿A quién se demanda?

B. J. B.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Medida cautelar para impedir la interrupción del embarazo.

¿Qué se resolvió?

SE RECHAZA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostiene que la Ley 27610 otorga a la persona embarazada el derecho exclusivo de decidir sobre la interrupción del embarazo, sin que el padre tenga legitimación para interferir. Se cita que "cuestiones de política sanitaria como la temática relativa a la IVE no deben ser susceptibles de judicialización", reafirmando la autonomía de la voluntad de la persona gestante.

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