S. C. E. s/ guarda con fines de adopción
Se reclamó la guarda con fines de adopción de un niño por parte de una mujer que lo había recibido de su madre biológica. El tribunal decidió rechazar la solicitud, considerando que la entrega del niño no cumplía con los requisitos legales establecidos.
¿Quién es el actor?
C. B. S.
¿A quién se demanda?
D. L. P.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Guarda con fines de adopción.
¿Qué se resolvió?
SE RECHAZA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La jueza argumentó que la guarda con fines de adopción solo puede otorgarse judicialmente y que la entrega directa del niño vulnera sus derechos. Se citó el art. 611 del C.C.C., que prohíbe la entrega directa sin un vínculo de parentesco, y se destacó el interés superior del niño, conforme a la C.I.D.N.
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