S., R. s/ Adopcion
Se reclamó la adopción plena de una menor y el tribunal declaró la inconstitucionalidad del artículo 323 del Código Civil, que extingue el vínculo con la madre biológica.
¿Quién es el actor?
Curador Oficial de Alienados
¿A quién se demanda?
Esposos S.L.F. y C.S.S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Adopción plena de la menor C.R.S.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal argumentó que la adopción plena es el instrumento legal adecuado para garantizar el interés superior de la niña, preservando su derecho a la identidad y estableciendo un régimen comunicacional con la madre biológica. Se destacó que la madre, aunque incapaz, no es considerada abandonadora y que la adopción plena no debe extinguir el vínculo familiar, en línea con la Convención de los Derechos del Niño.
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