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Mirco, Carlos Alberto c/ Sánchez, Juan Sebastian y Ot. s/ Materia a categorizar

Se reclamó la nulidad de las actuaciones del Dr. Luciano Piovani en representación del demandado, por no acreditar la personería en el plazo establecido. El tribunal decidió declarar la nulidad de lo actuado a partir de la presentación de un escrito específico.

Nulidad Personeria Plazo perentorio Codigo procesal Representacion Actuacion Costas Jurisprudencia Derecho procesal.


¿Quién es el actor?

Mirco Carlos Alberto

¿A quién se demanda?

Juan Sebastián Sánchez

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Nulidad de actuaciones por falta de acreditación de personería

¿Qué se resolvió?

SE HACE LUGAR

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal argumentó que el plazo para acreditar la personería es perentorio y comienza a contarse desde la invocación del mandato, sin necesidad de resolución judicial. Se destacó que, al no cumplirse con la presentación de los instrumentos que acreditan la personería dentro del plazo de sesenta días, corresponde declarar la nulidad de lo actuado, tal como lo establece el artículo 48 del Código Procesal Civil y Comercial.

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