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CARDOZO DELIA HORTENSIA c/ ANSES s/PENSIONES

La Sra. Delia Hortensia Cardozo demandó a ANSES por la denegación de su pensión por fallecimiento de su cónyuge. El tribunal hizo lugar a la demanda, considerando que la discordancia de domicilios no afecta el derecho a la pensión.

Incidente Pension Seguridad social Conyuge superstite Convivencia Domicilio Anses Derecho previsional Ley 24.241 Prescripcion


¿Quién es el actor?

Sra. Delia Hortensia Cardozo

¿A quién se demanda?

ANSES
- Objeto de la demanda: Otorgamiento de pensión por fallecimiento del cónyuge
- Decisión del tribunal: Se hace lugar a la demanda, dejando sin efecto la resolución administrativa que denegó la pensión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El vínculo de cónyuge supérstite de la Sra. Cardozo con el Sr. Céspedes se encuentra suficientemente acreditado... no resultando impedimento alguno para acceder a la pensión solicitada el hecho de que no resulte coincidente el domicilio permanente de convivencia de ambos cónyuges." "A partir de la sanción del nuevo Código Civil, el requisito de convivencia bajo el mismo domicilio dejó de ser una obligación entre los cónyuges...". "En virtud de ello, tratándose el presente de un trabajador que fallece en actividad... corresponde aplicar el art. 53 inc. a) de la ley 24.241."

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