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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ATHANASSOPOULOS OLGA DIANA S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió procedimiento de apremio provincial contra Olga Diana Athanassopoulos por deuda fiscal. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución por la suma de $898.422,30 más intereses, gastos y costas procesales.

Apremio provincial Deuda fiscal Ejecucion Falta de excepciones Titulo ejecutivo Intereses fiscales Costas procesales Domicilio constituido Codigo fiscal Cpcc

Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

Athanassopoulos, Olga Diana (LC N° 5.613.559)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pago de deuda fiscal mediante procedimiento de apremio provincial por la suma de pesos OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON TREINTA CENTAVOS ($898.422,30), conforme Título Ejecutivo Nro. 1474929.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al reclamo del Fisco ordenándose llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada haga íntegro pago de la deuda reclamada, más intereses, gastos y costas procesales. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo la parte demandada opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, se le da por perdido el derecho que ha dejado de usar (art. 155 y ccs. del CPCC)." El Tribunal ordenó conforme lo peticionado y lo dispuesto por el art. 540 in fine del CPCC que "Esta causa de trance y remate, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto la parte ejecutada ATHANASSOPOULOS, OLGA DIANA (LC N° 5.613.559) haga al acreedor FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES íntegro pago del capital reclamado por el ejecutante, que asciende a la suma de pesos OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS VEINTIDOS CON TREINTA CENTAVOS ($ 898.422,30), -conforme Título Ejecutivo Nro. 1474929-, con más los intereses previstos por el Código Fiscal (arts. 96, 104 y ccdtes. Ley 10.397, t.o. 2011) hasta la fecha de su total y efectivo pago, los gastos y las costas de la ejecución (art. 556 del CPCC)." Se constituyó domicilio procesal en los estrados del Juzgado y se realizó la intimación de pago en domicilio registrado (calle López de Gómara N° 4117, Mar del Plata).

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