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FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ MONTE GRANDE S.A. S/ APREMIO PROVINCIAL

El Fisco de la Provincia de Buenos Aires promovió acción de apremio provincial contra Monte Grande S.A. por cobro de deuda fiscal. El Tribunal condenó al demandado al pago íntegro de la suma reclamada de $118.683,80 más intereses, por no haber opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal.

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Quién demanda: Fisco de la Provincia de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

MONTE GRANDE S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro de capital de deuda fiscal por la suma de PESOS CIENTO DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 80/100 ($118.683,80), en procedimiento de apremio provincial conforme ley 13.406.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal resolvió hacer lugar a la demanda, mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto el demandado haga íntegro pago al accionante del capital reclamado de $118.683,80, con aplicación de intereses conforme lo prescripto por el artículo 104 del Código Fiscal desde la interposición de la demanda del 17/6/2023 y hasta su efectivo pago. Fundamentos principales de la decisión: El tribunal consideró que "habiendo sido el demandado MONTE GRANDE S.A. intimado de pago en el domicilio de calle SUIPACHA 58 CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
- CIUDAD AUTONOMA DE BS.AS.
- 1008 no habiendo opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal, que se encuentra vencido según informa el Actuario en este acto, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (arts. 116, 155 y concs. del C.P.C.C.)." La decisión se fundamentó en lo dispuesto en la ley 13.406 y en los artículos 540, 549 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. El demandado fue debidamente notificado del apercibimiento según providencia del 31/7/2023, quedando constituido su domicilio en los estrados del Juzgado conforme a lo establecido en el artículo 7 de la ley 13.406 y artículo 41 del C.P.C.C. Las costas se impusieron al vencido, difiriendo la regulación de honorarios para la oportunidad procesal pertinente.

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