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EDESUR S.A. C/ ARRUBARRENA MIRTA S. S/ COBRO EJECUTIVO

EDESUR S.A. promovió cobro ejecutivo contra Arrubarrena Mirta por deuda de servicios. El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución al no oponer excepciones legítimas la ejecutada, condenándola al pago de $127.633,86 más intereses.

Cobro ejecutivo Edesur Deuda de servicios Falta de excepciones Ejecucion de sentencia Intereses legales Costas procesales Domicilio constituido Ley 24.240

Quién demanda: EDESUR S.A. (acreedor)

¿A quién se demanda?

ARRUBARRENA MIRTA (ejecutada)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Cobro ejecutivo por deuda de $127.633,86 correspondiente a capital reclamado por servicios de energía eléctrica.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal ordenó llevar adelante la ejecución hasta tanto la ejecutada haga íntegro pago del capital reclamado. Fundamentos principales de la decisión: "No habiendo el ejecutado opuesto excepciones legítimas dentro del plazo legal que se encuentra vencido, dásele por perdido el derecho que ha dejado de usar (art.116 y 155 CPCC)." El Tribunal procedió conforme lo pedido y lo dispuesto por los arts. 540, 549 del Código Procesal Civil y Comercial, mandando llevar adelante la ejecución contra ARRUBARRENA MIRTA. La falta de oposición de excepciones legítimas dentro del plazo legal resultó en la pérdida del derecho de defensa de la ejecutada, lo que permitió al Tribunal dictar sentencia favorable al acreedor. El monto a ejecutarse es de Pesos CIENTO VEINTISIETE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y TRES CON 86/100 ($127.633,86) con más los intereses que no podrán exceder el 50% de la tasa pasiva para depósitos a 30 días del Banco Nación Argentina, desde la mora operada al vencimiento de cada factura y hasta el efectivo pago (art. 165 CPCC y 31 Ley 24.240).

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