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J., A. E. S/ QUEJA

El defensor interpuso un recurso de queja contra la decisión de la Cámara que rechazó el acceso de Alan E. Jurado al régimen abierto y salidas transitorias. La Cámara de Casación Penal declaró improcedente la queja, argumentando que el recurso de casación había sido correctamente declarado inadmisible.

Recurso de queja Regimen abierto Salidas transitorias Inadmisibilidad Casacion Derechos humanos Progresividad Reinsercion social Principio de legalidad Constitucion nacional

Actor: Mario A. Nápoli (Defensor Oficial) Demandado: Alan E. Jurado Objeto: Acceso al régimen abierto y salidas transitorias Decisión: Se declaró improcedente la queja, confirmando la inadmisibilidad del recurso de casación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La queja no es procedente pues el recurso de casación fue bien declarado inadmisible... el pronunciamiento en crisis no es una sentencia definitiva ni se trata de una resolución que por sus efectos pueda serle asimilada." "La decisión de la Cámara no resulta un supuesto revisable mediante la vía casatoria pretendida... no ocasiona un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior que requiera tutela judicial inmediata." "En el caso, no resulta pertinente efectuar otra consideración."

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