H. Y/O SUCESORES DE R. A. O. C/ G.M.A.Y OTRO/A S/ EJECUCION HIPOTECARIA
El demandante apeló la decisión de primera instancia que rechazó la nulidad de la demanda de ejecución hipotecaria. La Cámara revocó dicha resolución, declarando la nulidad de la demanda por haber sido promovida tras el fallecimiento del mandante.
Actor: H. y/o sucesores de R. A. O. Demandado: G.M.A.; Otro/a Objeto: Nulidad de la demanda de ejecución hipotecaria. Decisión: Se revocó la resolución apelada, declarando la nulidad de la demanda y de todo lo actuado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La acción se promovió el 8 de agosto de 2023, y el mandante había fallecido más de un mes antes, el 28 de junio de ese mismo año." "Promover una demanda de ejecución hipotecaria, respecto de una deuda en mora desde el año 2020, no constituye un acto urgente de conservación." "La protección que la disposición consagra opera en interés del tercero y no del mandatario." "La nulidad debe prosperar. La demanda fue promovida cuando el mandato del letrado se encontraba extinguido por imperio del art. 1329 inc. e) del CCyCN."
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