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BOUZAS SOLEDAD C/ HOSPITAL DE MORÓN Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.RESP.PROFESIONAL (EXCLUIDO ESTADO)

Se presenta la demandada Municipalidad de Morón planteando excepción de incompetencia en un reclamo por daños y perjuicios por mala praxis. El Tribunal se declara incompetente y remite el caso al Juzgado Contencioso Administrativo Departamental.

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Actor: Soledad Bouzas Demandado: Municipalidad de Morón; Hospital Municipal de Morón Objeto: Daños y perjuicios por mala praxis Decisión: El Tribunal se declara incompetente y remite el caso al Juzgado Contencioso Administrativo Departamental.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 166 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires prevé que los casos originados por la actuación u omisión de la Provincia, los municipios, los entes descentralizados y otras personas, en el ejercicio de funciones administrativas, serán juzgados por tribunales competentes en lo contencioso administrativo." "La competencia contencioso-administrativa comprende las controversias sobre la responsabilidad patrimonial, generada por la actividad lícita o ilícita de la Provincia, los Municipios y los entes públicos estatales." "Tratándose el presente proceso de un reclamo de daños y perjuicios por mala praxis dirigido contra el Hospital Municipal de Morón, quien resulta responsable por las eventuales acciones u omisiones causados por el Hospital, me declaro incompetente para entender en estas actuaciones."

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